Comisiones Obreras del País Valenciano | 30 junio 2024.

CCOO PV reclama responsabilidad en la modificación normativa de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción

    La secretaria de Políticas Públicas y Protección Social de CCOO PV, Ana Belén Montero, ha comparecido en las Cortes Valencianas para trasladar la valoración sindical de la modificación normativa de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunidad.

    08/05/2024.
    Ana Belén Montero, secretària de Polítiques Públiques i Protecció Social

    Ana Belén Montero, secretària de Polítiques Públiques i Protecció Social

    “La Ley debe servir para garantizar una agencia más independiente e imparcial, CCOO PV fiel a su compromiso de defensa de los intereses de la clase obrera y, por tanto, del interés general, no apoyará modificaciones contrarias a esta lógica” ha afirmado la responsable sindical.

    En su intervención, Ana Belén Montero Montero cuestionó la urgencia del trámite, afirmando que hubiera sido deseable un procedimiento que permitiera un debate más sosegado de las modificaciones que se están discutiendo y mayor participación en la incorporación de diferentes informes (como el del Comité Económico y Social o el del Consejo Jurídico Consultivo).

    El sindicato considera positivo todo lo que tiene que ver con la transposición de la directiva de la Unión Europea que permite hacer de la norma una norma más garantista. No obstante, a juicio de CCOO PV la modificación del artículo 3 genera serias dudas, en cuando se introduce un ámbito de actuación de la agencia que tiene que ver con “conductas y actividades reprochables”, conceptos indeterminados, que no permiten fijar límites ni un abordaje objetivo. “En todo caso lo planteamos como duda razonable, puesto que tampoco aparece como objeto de definición en la Directiva del Parlamento Europeo” ha concretado la responsable sindical.

    Por otro lado,  Comisiones Obreras no comparte la modificación del artículo 26 en su apartado 1 y 5, en lo referente al establecimiento de la retribución de la dirección por parte de la mesa de les Corts, ni tampoco el requisito de que no pueda ser inferior a las del puesto de trabajo que venía desempeñando.

    “Entendemos que es necesario que se fije de forma explícita la retribución de la persona que asuma la dirección, tal y como está en la actual ley, y no quede como algo indefinido” ha explicado. Desde luego nada justifica la percepción mínima del salario anterior, ya que los salarios se determinan en función de las responsabilidades o funciones. “Es decir, que la administración no puede vincular un salario a funciones diferentes a las que venía realizando, por tanto es un elemento a corregir” ha puntualizado Montero.

    Por otro lado, en relación a la elección de la persona que ejerza la dirección, a juicio de CCOO PV sería deseable que en su elección participen en el voto favorable el mayor número posible de grupos parlamentarios. “Sin duda una mayoría cualificada otorga una mayor legitimidad, un mayor control y más calidad democrática” ha afirmado.

    Respecto al artículo 29, se han incorporado dos modificaciones con las que el sindicato no está de acuerdo. Una es la incorporación de personas asesoras. “El personal de la agencia debe seguir siendo funcionario en cuanto implica una mayor independencia y evita la utilización política” ha argumentado.

    Actualmente la relación de puestos de trabajo define con requisitos objetivos qué personas funcionarias pueden ocupar esos puestos en función de la categoría en la RPT (es decir, según la categoría se establecen los requisitos, méritos, formación, experiencia que tienes que cumplir para incorporarte a la agencia). Unos requisitos que han sido previamente definidos a través de la negociación colectiva.

    Además, la modificación del artículo 29 establece que el grado de desarrollo profesional deberá ser reconocido y abonado por la administración de procedencia en el caso de reingreso a dicha administración. Esto va a ser difícilmente ejecutable y puede ocasionar muchos problemas en el cumplimiento de la ley por parte de la administración de origen. Por tanto, CCOO PV considera que esta es una cuestión a estudiar y que debería ser objeto de diálogo con los agentes sociales.

    Respecto a la nueva reacción de la disposición transitoria cuarta, la secretaria de Políticas Públicas y Protección Social de CCOO PV ha planteado la conveniencia de revisar un párrafo cuya redacción estima muy confusa, sin que llegue a entenderse qué es lo que se pretende modificar o introducir. En concreto, el que afirma que “lo dispuesto en establece aplicarán los procesos de elección de la dirección de la agencia Valenciana antifraude siempre que no se haya incluido en el orden del día del pleno de les Corts la elección de dicha dirección”.

    Por último, la responsable sindical finalizó su intervención poniendo el acento en la necesidad de que cualquier modificación que se realice en dicha Ley debe servir para garantizar una agencia más independiente e imparcial en nuestra comunidad. La corrupción crea desconfianza en la sociedad, por tanto es exigible que los partidos políticos, las instituciones públicas sean capaces de implementar medidas que eviten comportamientos corruptos y aumenten el control social sobre las instituciones.

    “Hemos vivido situaciones de corrupción en el pasado y nos ha hecho tomar conciencia de los daños que ocasionan y de la importancia de erradicar esas prácticas. Sin duda la agencia es una herramienta útil para prevenir y perseguir el fraude y la corrupción, por lo que cualquier modificación debe hacerse con responsabilidad.” ha defendido.